Page 8 - Boletín Accidentes Laborales
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BOLETÍN ESTADÍSTICO ACCIDENTES LABORALES
2.- CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL
2.1.- TRABAJADOR PORTUARIO
Se entiende por trabajador portuario, todo aquel que realiza funciones de carga y descarga de mercancías y demás faenas propias
de la actividad portuaria, tanto a bordo de naves y artefactos navales que se encuentran en los puertos de la República, como en
los recintos portuarios.
Las funciones y faenas a que se refiere el inciso anterior podrán ser realizadas por trabajadores portuarios permanentes, por
trabajadores afectos a un convenio de provisión de puestos de trabajo y por otros trabajadores eventuales, con matrícula portuaria.
El trabajador portuario, para desempeñar las funciones a que se refiere el inciso primero, deberá efectuar un curso básico de
seguridad en faenas portuarios en un Organismo Técnico de Ejecución autorizado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo,
el que deberá tener requisitos y la duración que fije el reglamento. (Artículo 133, Código del Trabajo).
2.2.- TRABAJADOR EMBARCADO
Es aquella persona que se desempeña a bordo de las naves y artefactos navales, con la función de tripularlos y/o ejercer a bordo
profesiones, oficios u ocupaciones específicas conforme a la actividad propia que ejecuta en dichas naves y artefactos navales.
Dependiendo del área de actividad en la cual el trabajador embarcado se desempeña, se clasifica como sigue:
a) Ámbito Transporte Marítimo: Comprende a aquel personal embarcado en remolcadores, naves mercantes de transporte
de pasajeros y carga, dedicadas al comercio internacional o al cabotaje .
b) Ámbito Pesca Industrial: Comprende a aquel personal embarcado en naves especiales pesqueras mayores, dedicadas a
la extracción y faenamiento de recursos hidrobiológicos.
c) Ámbito Pesca Artesanal: Comprende a aquel personal embarcado en naves especiales pesqueras de porte menor
dedicadas a la pesca artesanal.
2.3.- TRABAJADOR INDEPENDIENTE O DE RIBERA
Es aquella persona que normalmente trabaja por cuenta propia y/o en actividades especializadas, además de realizar sus labores
cerca de la costa, como pueden ser:
a)Buzo Mariscador : Son aquellos trabajadores dedicados a la extracción y comercialización de especies marinas.
b)Asistente de Buzo : Son aquellos trabajadores que poseen los conocimientos que le permiten asistir desde la superficie a todo buzo
que se sumerge.
c)Buzo Comercial : Son aquellos trabajadores que poseen un nivel de preparación que le permite la utilización de cualquier equipo
necesario para efectuar trabajos submarinos que estén directa o indirectamente relacionados con su actividad.
INTRODUCCIÓN
3.- CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES POR CAUSAS Y CONSECUENCIAS
3.1.- GENERALIDADES
Entre los factores constitutivos de un accidente, se encuentra el “Tipo de Accidente”, cuyo objetivo es describir los accidentes de una
manera resumida, de manera de agruparlos en una clasificación simple en función de los daños (consecuencia) que los elementos
físicos causan en el hombre. Es decir, es la forma particular como en cada accidente se relacionan entre sí, los elementos físicos y
humanos para provocar la lesión o daño personal.
En la gran mayoría de los accidentes intervienen dos variables comunes, que son las que se utilizan para la clasificación según el tipo.
La primera es el intercambio de energía entre el elemento material y el humano, que este último no es capaz de absorber sin sufrir
daños. La energía puede asumir diversas formas, como ser mecánica, cinética, eléctrica, química radiante, etc. La segunda variable
es el dinamismo que reviste todo accidente y que se traduce en movimientos relativos entre el elemento material y el humano. Estos
movimientos pueden ser:
** Aproximación del elemento material al humano
** Aproximación del elemento humano al material y,
** Movimiento simultáneo entre ambos, convergente
La combinación de las posibilidades que pueden presentar ambas variables, da origen a los diversos tipos de accidentes de tipo
general, contemplados por la seguridad industrial, existiendo también tipos de accidente propios del ámbito marítimo, que no
necesariamente obedecen al esquema de clasificación general expuesto anteriormente, por lo que también son considerados en la
clasificación de tipos de accidente.
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